NOTICIA PROPIEDAD INTELECTUAL
Evitar los delitos contra la Propiedad Intelectual
Con el nuevo Código Penal, disponer de software sin licencia puede conllevar penas de hasta cuatro años de prisión para los administradores y directivos.
Redacción TICPymes21-09-2015
Con motivo de la entrada en vigor del nuevo Código Penal el pasado 1 de julio, BSA The Software Alliance ha iniciado una campaña informativa en medios de comunicación de comunicación para advertir a las empresas de los graves riesgos operativos y legales a los que pueden enfrentarse, junto con sus directivos y responsables, por disponer de programas de ordenador sin licencia en los sistemas informáticos corporativos.
Por ejemplo en la Comunidad Valenciana más de la mitad de los programas informáticos instalados en los sistemas informáticos de las empresas es ilegal, al carecer de la correspondiente licencia del propietario, según se desprende del último estudio disponible sobre piratería de software por Comunidades Autónomas en España realizado por la consultora IDC, que sitúa el índice de software sin licencia para Valencia en el 55%, frente a la media del 45% para el conjunto de España.
Valencia es la tercera ciudad, tras Málaga y Bilbao, en la que The Software Alliance realiza una campaña de este tipo ante la gravedad de las consecuencias legales que se derivan de la modificación del Código Penal que ha entrado en vigor recientemente, entre ellas, la responsabilidad penal de los administradores, que podrían enfrentarse a penas de hasta cuatro años de prisión, además de tener que afrontar multas similares a las previstas para las personas jurídicas.
Solamente en 2014, las empresas que fueron denunciadas e investigadas por uso de software ilegal tuvieron que afrontar multas e indemnizaciones que en su conjunto superaron los 800.000 euros, un 17% más que en 2013.
Graves consecuencias económicas y penales para empresas y directivos
Desde el pasado 1 de julio el Código Penal modifica gran parte de su articulado y amplía determinadas conductas que pueden suponer la comisión de un delito por el uso de obras, productos o servicios sin la autorización de los titulares de los derechos de propiedad intelectual, como en el caso del software. Además de las consecuencias penales para sus responsables, las organizaciones (personas jurídicas) pueden enfrentarse a las siguientes penas:
• Multas por cuotas o proporcional que pueden ascender a los 280.000 Euros.
• Disolución de la persona jurídica.
• Suspensión de sus actividades.
• Clausura de locales y establecimientos.
• Prohibición de realizar en el futuro las actividades en cuyo ejercicio se haya cometido, favorecido o encubierto el delito.
• Inhabilitación para obtener subvenciones y ayudas públicas,
• Inhabilitación para contratar con el sector público.
• Inhabilitación para tener beneficios e incentivos fiscales o de la Seguridad Social.
• Intervención judicial para salvaguardar los derechos de trabajadores o acreedores.
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